¿Qué es un Visitador Apostólico?

Es la persona que realiza una visita canónica a una circunscripción u otro ente eclesiástico, por mandato de la Sede Apostólica, con la finalidad y las competencias que establezca el decreto de nombramiento.

Normalmente, se trata de recabar información y tomar algunas decisiones, o bien sólo informar para que el Papa, o el dicasterio de la Santa Sede que otorgue el mandato, actúe posteriormente.

Es un instrumento jurídico que se fundamenta en la potestad del Papa, que es suprema, plena, inmediata y universal, por lo que puede intervenir en cualquier circunstancia de la vida de la Iglesia. La tarea del visitador conlleva actuar en nombre del Romano Pontífice, para reforzar la comunión con la Cabeza y entre los pastores y los fieles.

El nombramiento del visitador tiene la duración del encargo recibido: no es un oficio estable.

El visitador puede no ser siempre un clérigo, como en el caso de algunas religiosas que han sido nombradas para este encargo.

Corresponde a la Congregación para los Obispos, de acuerdo con los dicasterios interesados, disponer las visitas apostólicas generales, evaluar sus resultados y proponer al Sumo Pontífice lo que convenga decidir.

De ordinario, las visitas a institutos religiosos dependen de la Congregación para los Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica, y lo que se refiere a los seminarios a la Congregación para el Clero.

Fuentes: Const. Ap. Pastor Bonus art. 79

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