Francisco incorpora al Código Canónico el delito de abuso sexual como crimen “contra la dignidad de la persona”

Da garantías a la presunción de inocencia y la posibilidad de que los laicos sean juzgados por pederastia

El pontífice promulgó una nueva Constitución con la que incorpora cambios al libro VI del Código de Derecho Canónico, atento a “los rápidos cambios sociales que experimentamos” y para “responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia en todo el mundo”

A través de la Constitución Apostólica Pascite Gregem Dei (“Alimenta el rebaño de Dios”), el pontífice dio hoy un paso más en su lucha contra la pederastia dentro de la Curia y enfatizó las herramientas penales con las que la Iglesia sancionará esas conductas, que pasarán a estar calificadas como uno de los “delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre”

Las penas no afectarán únicamente a consagrados: también los laicos que ocupen funciones en la Iglesia

No es adulterio, es pederastia: el Vaticano incluirá un delito específico sobre abusos a menores en el Derecho Canónico

 

En un paquete legislativo con el que busca plasmar en concreto su visión de la Justicia, con énfasis en la presunción de inocencia, el endurecimiento de penas para los casos de abusos y un enfoque basado en la prevención, el papa Francisco decidió incorporar al Derecho Canónico los delitos de abusos a menores y la posesión de pornografía infantil, a los que consideró crímenes “contra la dignidad de las personas”, según una nueva Constitución en materia penal para la Iglesia publicada hoy por el Vaticano.

A través de la Constitución Apostólica Pascite Gregem Dei (“Alimenta el rebaño de Dios”), el pontífice dio hoy un paso más en su lucha contra la pederastia dentro de la Curia y enfatizó las herramientas penales con las que la Iglesia sancionará esas conductas, que pasarán a estar calificadas como uno de los “delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre”.

«Estamos viviendo un cambio de época»

En el texto que acompaña la nueva legislación, el Papa enmarcó los cambios en “en el contexto de los rápidos cambios sociales que experimentamos, bien conscientes de que “no estamos viviendo simplemente una época de cambios, sino un cambio de época”, y consideró que “para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia en todo el mundo, resultaba evidente la necesidad de revisar también la disciplina penal”.

En ese marco, el nuevo canon 1398 dispone que “sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical” el clérigo que “comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela”.

Reclutar, inducir, exponer al menor

También será castigado en la misma línea quien “recluta o induce a un menor, o a una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas” o quien “inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”.

Según planteó el Papa en la Constitución con la que promulga las nuevas disposiciones canónicas, “en continuidad con el enfoque general del sistema canónico, que sigue una tradición de la Iglesia consolidada a lo largo del tiempo, el nuevo texto aporta modificaciones de diverso tipo al derecho hasta ahora vigente, y sanciona algunos nuevos tipos penales”.

Además, la nueva disposición penal dada a conocer este martes plantea que también serán penalizados ese tipo de delitos cometidos por laicos que ocupen funciones en la Iglesia, y ya no solo los cometidos por religiosos.


***


Publicado

en

por